Por Adriana Fernandez Vecchi
Pensar una Señal hoy supone esta pregunta: ¿por qué son importantes los glaciares y por qué resulta imprescindible garantizar su protección?
Reflexionar sobre esta problemática equivale, en última instancia, a pensar en la preservación de la vida misma. La cuestión de los glaciares se inscribe en el marco más amplio de la crisis ambiental contemporánea, caracterizada por la creciente presión sobre los bienes comunes naturales y, particularmente, sobre el agua dulce como recurso estratégico. En este contexto, la protección de los glaciares adquiere una relevancia central, no solo en términos ecológicos, sino también políticos, económicos y bioéticos, en tanto se vincula directamente con el derecho humano al agua y con la sostenibilidad de las generaciones futuras.
En Ley de Glaciares se establece como objetivo principal la preservación de estos cuerpos de hielo como reservas estratégicas de recursos hídricos. Los glaciares constituyen una fuente fundamental de agua dulce, ya que regulan el ciclo hidrológico, alimentan ríos y cuencas, y garantizan la disponibilidad de agua en períodos de sequía. Su riqueza no radica únicamente en su volumen físico, sino en su función ecosistémica: son verdaderos reservorios naturales que sostienen la vida en amplias regiones del territorio.
Se ha planteado avanzar hacia una “reforma de la ley de glaciares” o modificaciones sustantivas del marco normativo vigente, orientadas a flexibilizar restricciones sobre actividades productivas en zonas periglaciares. Estas iniciativas, lejos de fortalecer la protección ambiental, han sido objeto de críticas por su potencial regresivo. La redefinición de áreas protegidas, la habilitación de actividades extractivas y la relativización de los criterios científicos del inventario glaciar constituyen aspectos que podrían debilitar la eficacia de la normativa actual.
En Argentina, las principales provincias que concentran glaciares y ambientes periglaciares se ubican a lo largo de la cordillera de los Andes, entre ellas Jujuy, Salta, Catamarca, La Rioja, San Juan, Mendoza, Neuquén, Río Negro, Chubut y Santa Cruz. Estas jurisdicciones albergan reservas estratégicas de agua dulce en forma de glaciares y zonas periglaciares, fundamentales para el equilibrio hídrico nacional. En el marco de la reforma de la ley de los Glaciares, que dichas provincias asuman decisiones de manera fragmentada, en un esquema no federal frente a una eventual reforma de la normativa glaciar, implica una tensión significativa con el principio de gestión integrada de los bienes comunes. Esto se debe a que el agua, como recurso interjurisdiccional, trasciende los límites provinciales y afecta a cuencas compartidas y poblaciones más amplias. La delegación de decisiones a nivel local, sin una coordinación federal robusta, puede derivar en asimetrías regulatorias, favoreciendo intereses económicos particulares en detrimento del interés general, y debilitando la protección homogénea de los glaciares como patrimonio ambiental estratégico de toda la nación.
Cuidar el agua, en este sentido, implica reconocer su carácter de bien común y no meramente de recurso explotable. Supone adoptar una ética del cuidado que priorice la preservación por sobre la rentabilidad inmediata. En el caso argentino, esta problemática adquiere una dimensión geopolítica particular: la distribución desigual de los recursos hídricos tiende a configurar una división territorial entre regiones con acceso garantizado al agua y otras potencialmente expuestas a su escasez. La degradación o destrucción de glaciares, en gran medida asociada a actividades extractivas como la megaminería, profundiza esta desigualdad y pone en riesgo la seguridad hídrica de vastas poblaciones.
El extractivismo constituye un riesgo significativo tanto en términos ambientales como en clave de colonialidad. En el plano ecológico, implica la explotación intensiva de bienes naturales estratégicos —como los recursos hídricos asociados a glaciares y ambientes periglaciares— sin garantizar su preservación ni la sostenibilidad de los ecosistemas. Desde una perspectiva crítica, además, puede interpretarse como una forma contemporánea de colonialismo, en la medida en que habilita la injerencia de actores extranjeros sobre territorios y bienes comunes que resultan ajenos a sus intereses nacionales. Esta dinámica tiende a subordinar las decisiones soberanas a lógicas de mercado global, debilitando la capacidad del Estado para proteger recursos estratégicos y comprometiendo tanto la integridad ambiental como la autodeterminación política.
El peligro no es meramente hipotético. La pérdida de masa glaciar debido al cambio climático y a la intervención humana puede generar procesos irreversibles, afectando tanto a los ecosistemas como a las economías regionales que dependen del agua. En este escenario, las propuestas de reforma que reducen los niveles de protección no benefician al interés colectivo, sino que tienden a favorecer sectores económicos de corto plazo en detrimento de derechos fundamentales.
Resulta fundamental sostener una posición de rechazo frente a iniciativas que impliquen retrocesos en la protección de los glaciares. Sumarse a la negativa de modificar esta ley no responde a un posicionamiento ideológico aislado, sino a la defensa de un principio ético y político: el acceso equitativo al agua como derecho humano fundamental. La preservación de los glaciares, en definitiva, no es solo una cuestión ambiental, sino una condición indispensable para la justicia social, la soberanía hídrica y la protección de los bienes comunes frente a su mercantilización.